*ya no más tardanzas en la rectificación de actas de nacimiento, los diputados aprobaron iniciativa para que se agilicen estos trámites en la Dirección Estatal del Registro Civil
En comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales, y de Justicia y Derechos Humanos, los diputados aprobaron dictamen que reforma diversos artículos del Código Civil para el Estado de Nayarit, en materia de modificación, rectificación y nulidad de actas del Registro Civil, por lo que quienes tengan que realizar este tipo de trámites ya no esperan mucho tiempo como solía suceder.
Estas modificaciones permitirán disminuir los tiempos, requisitos y carga para las instituciones administrativas y jurisdiccionales al momento de iniciar el trámite de aclaración de actas de nacimiento.
En esta misma reforma se contempla que la rectificación de acta de nacimiento podrá realizarse cuando estas tengan errores ortográficos o mecanográficos, omisiones en apellidos, de datos, ilegibilidad de caracteres, omisión del lugar de nacimiento y datos de localización, errores en anotaciones, abreviaturas, error en el sexo, por cambio de régimen patrimonial en el matrimonio, errores en la fecha de nacimiento entre otras.
Asimismo entre las bondades está también, el que la Dirección Estatal del Registro Civil podrá anular actas de nacimiento en los supuestos siguientes; cuando una persona presente acta de nacimiento expedida por la autoridad de otro país, apostillada o legalizada, cuando una persona presente dos o más registros en el estado de Nayarit y cuando se compruebe que existe otro registro de nacimiento de una persona en otra entidad.
Estas reformas al Código Civil al que se hace referencia, la iniciativa fue presentada por las diputadas Alba Cristal Espinoza Peña y Georgina López Arias, por lo que es de esperarse que después de haberse sido aprobada al interior de estas comisiones, será analizada, discutido y aprobado en su caso en el pleno de los 30 diputados en Sesión Pública Ordinaria en los próximos días.
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